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Sociedades



Tipos de sociedades mercantiles

Sociedad Limitada.

De carácter mercantil, cualquiera que sea la naturaleza de su objeto y personalidad jurídica propia.

En la denominación deberá figurar la indicación "Sociedad de Responsabilidad Limitada", "Sociedad Limitada" o sus abreviaturas "SRL" o "SL".

El capital social, constituido por las aportaciones de los socios, no podrá ser inferior a 3.000 euros. Deberá estar íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución.

Sólo podrán ser objeto de aportación social los bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, pero en ningún caso trabajo o servicios.

Las participaciones sociales no tendrán el carácter de valores, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones.

La transmisión de las participaciones sociales se formalizará en documento público.

Constitucion de la Sociedad y Organos Sociales.


Empresario Individual.

Control total de la empresa por parte del propietario que dirige su gestión.
La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario), quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa.

No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil.

No precisa proceso previo de constitución. Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.

La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.

Ventajas e inconvenientes, resposabilidad.

Sociedad Limitada Nueva Empresa.

Es una especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).

Su capital social está dividido en participaciones sociales y la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital aportado.

El número máximo de socios en el momento de la constitución se limita a cinco, que han de ser personas físicas. Se permite la Sociedad Limitada Nueva Empresa unipersonal.

El número de socios puede incrementarse por la transmisión de participaciones sociales. Si como consecuencia de la transmisión, son personas jurídicas las que adquieren las participaciones sociales, éstas deberán ser enajenadas a favor de personas físicas en un plazo máximo de tres meses.

El capital social mínimo, que deberá ser desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias en el momento de constituir la sociedad, es de 3.012 euros y el máximo de 120.202 euros.

El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales sin necesidad de modificar los estatutos de la sociedad.

La denominación social se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios más un código alfanumérico único (ID-CIRCE).

Se podrán utilizar unos estatutos sociales orientativos que reducen los tiempos de notarios y registradores a un máximo de 24 horas cada uno.

Dos formas de constitución: telemática y presencial.
Los órganos sociales son una Junta General de socios y un Órgano de administración unipersonal o pluripersonal.

Pueden continuar sus operaciones en forma de SRL por acuerdo de la Junta General y adaptación de los estatutos.

Ventajas de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)



TABLA PARA TIPOS DE SOCIEDADES


PERSONALIDAD FORMA Nº DE SOCIOS CAPITAL RESPONSABILIDAD FISCALIDAD DIRECTA
PERSONAS FÍSICAS Empresario individual 1 Sin mínimo legal Ilimitada IRPF (rendimientos por actividades económicas)
Comunidad de bienes Mínimo 2 Sin mínimo legal Ilimitada IRPF (rendimientos por actividades económicas)
Sociedad civil Mínimo 2 Sin mínimo legal Ilimitada IRPF (rendimientos por actividades económicas)
PERSONALIDAD FORMA Nº DE SOCIOS CAPITAL RESPONSABILIDAD FISCALIDAD DIRECTA
PERSONAS JURÍDICAS Sociedades Mercantiles Sociedad colectiva Mínimo 2 No existe mínimo legal Ilimitada Impuesto de sociedades
Sociedad de responsabilidad limitada Mínimo 1 Mínimo 3.000 € Limitada al capital aportado Impuesto de sociedades
Sociedad Limitada Nueva Empresa Máximo 5 Mínimo 3.012 € Máximo 120.202 € Limitada al capital aportado Impuesto de sociedades
Sociedad anónima Mínimo 1 Mínimo 60.000 € Limitada al capital aportado Impuesto de sociedades
Sociedad comanditaria por acciones Mínimo 2 Mínimo 60.000 € Socios colectivos: Ilimitada Socios comanditarios: Limitada Impuesto de sociedades
Sociedad comanditaria simple Mínimo 2 No existe mínimo legal Socios colectivos: Ilimitada Socios comanditarios: Limitada Impuesto de sociedades
Sociedades mercantiles especiales Sociedad laboral Mínimo 3 Mínimo 60.000 € (SAL) Mínimo 3.000 € (SLL) Limitada al capital aportado Impuesto de sociedades
Sociedad cooperativa Mínimo 3 Mínimo fijado en los Estatutos Limitada al capital aportado Impuesto de sociedades (Régimen especial)
Agrupación de interés económico Mínimo 2 No existe mínimo legal Limitada al capital aportado Impuesto de sociedades
Sociedad de inversión mobiliaria   Mínimo fijado en los Estatutos Limitada Impuesto de sociedades
         
         

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